El retraso de un vuelo, consiste en una salida del vuelo tardía según el horario establecido en las condiciones de venta.
El pasajero o usuario, para poder beneficiarse de la normativa vigente, deberá demostrar que:
1- Su vuelo sale de un aeropuerto comunitario.
2-Que tiene una reserva confirmada del vuelo (billete impreso o electrónico)
3-Que se ha presentado en la facturación con antelación suficiente, es decir, como mínimo 45 minutos antes de la salida del vuelo, o tiene la facturación on line.
4-Que está en una situación de trasbordo
A) De 2h o más para vuelos que recorran una distancia igual o inferior a 1500 km
B) De 3h o más, para vuelos que se produzcan dentro de la UE de más de 1500 km y todos los demás vuelos con distancias superiores a los 1500 km e inferiores a 3500 km
C) De 4h o más, en vuelos no comprendidos en los apartados anteriores.
¿Qué ocurre entonces? ¿Qué derechos tiene el pasajero/a?
1- A que se le proporcione comida y bebida suficiente, al menos que cubra el desayuno, comida y cena.
2-Dos llamadas de teléfono, dos faxes, dos telefaxes o el envío de 2 correos electrónicos.
3-Derecho a información: en los mostradores de la compañía deberá aparecer un cartel informativo en el que figuren sus derechos. Y también a la entrega de un impreso para reclamar y que se le informe de cuál es el organismo competente nacional.
4-Pernoctar en un hotel con el traslado al aeropuerto incluido siempre que su vuelo saga otro día.
5-Si el retraso es superior a 5h, el pasajero podrá solicitar el reembolso del billete que será devuelto en menos de 7 días, como máximo.
*Fuente fotografía: http://www.iconfinder.com/icondetails/34058/60/clock_recruitment_statistics_icon
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario!!